COZUMEL, 1 de marzo.— En una resolución que reconfigura el debate sobre el modelo turístico en el Caribe mexicano, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó la autorización ambiental al proyecto denominado “Muelle Cozumel, Terminal de Cruceros”, conocido públicamente como el Cuarto Muelle de Cozumel, y ordenó archivar el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
La decisión fue confirmada el 26 de febrero de 2026 mediante un oficio de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), en cumplimiento de una resolución previa que obligaba a dejar sin efectos la autorización condicionada otorgada en diciembre de 2021 y a realizar una nueva evaluación integral de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).
El Cuarto Muelle pretendía ampliar la infraestructura para cruceros en la isla, uno de los destinos más importantes del país en recepción de turismo marítimo. Sin embargo, desde su planteamiento generó una fuerte oposición social y ambiental, principalmente por su posible impacto en los arrecifes de la costa occidental, una zona de alta fragilidad ecológica y parte del sistema arrecifal mesoamericano.
Organizaciones como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) promovieron recursos legales al considerar que la autorización original no había valorado adecuadamente información técnica clave ni el marco normativo vigente en materia de conservación.
En la reevaluación ordenada, la autoridad ambiental federal tuvo que incorporar aspectos que no habían sido analizados de manera exhaustiva en 2021. Entre ellos se consideró la totalidad de la información contenida en el expediente administrativo, así como las recomendaciones técnicas emitidas por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp). También se tomó en cuenta la existencia del refugio para la protección de flora y fauna marinas en la costa occidental de Cozumel y la normativa ambiental aplicable en materia de conservación de especies y ecosistemas marinos, elementos que resultaban fundamentales para valorar el impacto real del proyecto en un entorno ecológicamente sensible.
Con estos elementos integrados en el análisis, la DGIRA concluyó que el proyecto no cumplía con los estándares ambientales exigidos, determinando negar la autorización y cerrar definitivamente el procedimiento.
Para la comunidad cozumeleña y las organizaciones ambientales, la resolución representa, sostienen, un precedente relevante en la historia reciente de la Evaluación de Impacto Ambiental en México, al evidenciar que los mecanismos de impugnación previstos en la ley pueden corregir decisiones cuando existen fundamentos técnicos, jurídicos y una participación ciudadana activa.
El caso también reabre la discusión sobre el modelo de crecimiento turístico basado en infraestructura para megacruceros frente a la necesidad de preservar ecosistemas estratégicos que sostienen no sólo la biodiversidad, sino también la economía local vinculada al buceo y al turismo de naturaleza.
Con esta determinación, la Semarnat reafirma —al menos en este caso— la obligación del Estado mexicano de aplicar los principios de legalidad, prevención, precaución y máxima protección ambiental en proyectos de gran escala, especialmente en zonas costeras y marinas de alta sensibilidad ecológica.
El CEMDA reconoció el papel de las personas defensoras ambientales y de la comunidad de Cozumel, que durante años mantuvo una postura firme frente al proyecto, así como el cierre definitivo del expediente que brinda certeza jurídica.




