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Inicio » Detallan actividades esenciales que podrán operar en Quintana Roo ante #COVID19

Detallan actividades esenciales que podrán operar en Quintana Roo ante #COVID19

14 abril, 2020
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Chetumal.- Luego de que el gobernador del Estado, Carlos Joaquín González, ordenara el cierre de todo comercio, salvo aquellos que realicen actividades esenciales, la Secretaría de Seguridad Pública dio a conocer un listado pormenorizado de estos giros autorizados, que incluye farmacias, limpieza, medios de comunicación, venta de víveres, entre muchas otras.

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El documento de cuatro páginas incluye cuatro categorías de actividades “que podrán seguir en funcionamiento por COVID-19”, empezando con las necesarias para atender la emergencia sanitaria, como la rama médica, de investigación para la salud, abasto de de insumos, farmacias, recolección de residuos biológico-infecciosos, limpieza y sanitización, mantenimiento de equipo médico y funerarias.

La segunda categoría involucra a seguridad pública, bomberos, protección civil, seguridad privada, defensa nacional, los poderes Legislativos (que a pesar de ser catalogado como esencial, está pausado) y Judicial, así como notarías.

Luego se incluyen las actividades esenciales para la economía: servicios financieros, seguros, casas de empeños, recaudación, distribución y venta de combustible, suministro de agua, expendios de alimentos y bebidas no alcohólicas (no restaurantes), mercados, supermercados y tiendas de abarrotes, carnicerías, venta de detergente, jabón, papel higiénico o pasta dental, ferreterías, tlapalerías, tiendas de materiales o de baterías, transporte de carga y de pasajeros, así como sus actividades relacionadas, venta de refacciones, producción agropecuaria, producción química, servicios de paquetería, guarderías, refugios y estancias, almacenamiento en frío, reparación de electrodomésticos, instalaciones eléctricas y su mantenimiento, de telecomunicaciones y medios de información, tintorerías lavanderías y planchadurías, aeropuertos y puertos, y “cualquier otra cuya suspensión genere un riesgo para la salud, vida o patrimonio de las personas”.

También son esenciales la operación de los programas sociales de gobierno y las actividades cuya interrupción pudieran obstaculizar los mismos.

Por último, la construcción, conservación y mantenimiento de infraestructura crítica, que asegura el suministro y prestación de servicios esenciales. Esto incluye agua potable, drenaje, servicios de limpia y recolección de basura, energía y alumbrado eléctrico, telecomunicaciones, combustibles, saneamiento, transporte público, infraestructura hospitalaria o médica, vías de comunicación, medios de comunicación, y demás cuya realización sea necesaria para la ejecución de las actividades mencionadas.

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